CIDH condena ocultamiento de detenidos en Nicaragua como patrón letal de represión estatal
Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) expresa su preocupación por las denuncias sobre la desaparición
forzada del obispo emérito de la Diócesis de Estelí, monseñor Abelardo Mata
Guevara y la persecución contra la Iglesia en Nicaragua.
De acuerdo con la información recibida por el Mecanismo
Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), el 29 de junio, monseñor Mata,
persona mayor de 80 años de edad y beneficiario de medidas cautelares otorgadas
por la CIDH, fue detenido junto con el presbítero Rigoberto Delgadillo Sánchez,
de la parroquia Divino Niño; el párroco Francisco Morales, de la parroquia Cruz
del Calvario; y el diácono Wilfredo Arauz Rodríguez, también de la parroquia
Cruz del Calvario, como represalia por presidir una celebración religiosa.
Tras su detención, monseñor Mata habría permanecido bajo un
régimen de "casa por cárcel". Si bien el 4 de julio el Ministerio del
Interior informó que el obispo estaba bajo "indagación", hasta la
fecha no existe información independiente que permita verificar su paradero o
estado de salud, lo que reviste especial gravedad debido a su edad y a
condiciones preexistentes de salud.
Asimismo, el MESENI recibió información sobre el grave
asedio, hostigamiento, vigilancia y otras represalias dirigidas contra el señor
Jeffer Chavarría, beneficiario de medidas provisionales otorgadas por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos y representante de monseñor Mata ante el
Sistema Interamericano de Derechos Humanos, así como contra su familia y los
familiares de monseñor Mata.
La CIDH condena el empleo del ocultamiento de la suerte de
las personas detenidas arbitrariamente como uno de los patrones más graves de
la represión, que viene siendo utilizado por el régimen para silenciar voces
críticas, infundir temor y ejercer control sobre la población. Desde 2025, esta
práctica resultó en la muerte de Mauricio Petri, Carlos Cárdenas y Brooklyn
Rivera, bajo custodia del Estado, cuyos familiares permanecieron durante
semanas o meses sin información sobre su paradero y/o estado de salud y solo
tuvieron certeza de su fallecimiento al momento de la entrega de sus cuerpos,
en medio de amenazas e intimidación.
Asimismo, estos hechos ocurren en un grave contexto de
hostigamiento y represalias contra integrantes de la Diócesis de Estelí y de la
iglesia católica en Nicaragua. Desde 2018, la CIDH ha documentado un patrón
sistemático de afectaciones contra obispos, sacerdotes, personas religiosas y
laicas, consistente en actos de vigilancia, restricciones al ejercicio del
culto, detenciones arbitrarias, expulsiones del país, la privación arbitraria
de la nacionalidad, confiscación de bienes, el cierre forzado de congregaciones
y otras represalias por el ejercicio de la libertad de religión. La Comisión
advierte que esta situación constituye otra de las expresiones más severas del
cierre del espacio cívico y democrático en Nicaragua.
La CIDH recuerda que la Convención Americana sobre Derechos
Humanos reconoce el derecho de toda persona a la libertad de conciencia y de
religión, el cual comprende la libertad de profesar y divulgar su religión o
sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.
Al respecto, la Comisión ha señalado que un espacio cívico abierto, libre y
plural constituye una condición esencial para el ejercicio efectivo de este
derecho. En Nicaragua, la persecución contra la iglesia católica impide a
muchas personas expresar y practicar libremente su fe.
La Comisión urge al régimen a informar de manera inmediata sobre el paradero de monseñor Abelardo Mata,
| Monseñor Juan Abelardo Mata Guevara |
garantizar su vida e integridad personal y, de encontrarse privado de su libertad, disponer su liberación. Asimismo, insta al régimen a permitir el contacto inmediato con sus familiares y representantes, cesar la persecución contra ellos, así como contra los integrantes de la Iglesia católica a fin de garantizar el pleno ejercicio de la libertad de religión, conciencia y expresión en Nicaragua.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización
de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana
tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos
humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La
CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la
Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de
origen o residencia.
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