El asesinato del Niño Gabriel Cruz Ramirez reabre el debate sobre la prisión permanente revisable en España.

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Marzo 13 2018.

El asesinato de Gabriel Cruz  el niño  desaparecido el 27 de febrero  ha reavivado el debate sobre la prisión permanente revisable en España. Tras conocerse el hallazgo del cuerpo, hubo numerosas voces que clamaron por el mantenimiento de una pena que solo existe en nuestro Código Penal desde el año 2015 y que puede tener los días contados si sale adelante la derogación que propugnan PSOE, Unidos Podemos y PNV.
La prisión permanente revisable es un castigo muy extendido en Europa, una especie de cadena perpetua que deja una puerta abierta al perdón, y una condena no tan dura como la pena de muerte. En este sentido, la legislación española se sitúa en un punto intermedio respecto a la de sus vecinos y aliados, ya que se estudia por primera vez la libertad condicional a los 25 años de pena.
ALEMANIA
La ley alemana es bastante más laxa que la española, ya que una sentencia judicial de 1977 marcó sus límites. Por eso, la prisión permanente revisable se puede aplicar en dos supuestos: el primero de ellos por asesinato, genocidio o por la unión de varios delitos contra la vida a la vez. El segundo tiene que ver con aquellos casos que se consideren muy graves. La revisión se produce a los 15 años y lo más normal es que antes de los 20 los presos ya hayan sido liberados. En España, por ejemplo, aún serían necesarios cinco años más para plantearse el tercer grado.
FRANCIA
Está vigente desde 1994 y con el paso de los años se ha ido modificando. Cuando entró en vigor solo contemplaba los casos de asesinatos de menores de 15 años con violación y tortura, pero desde el 2011 también incluye asesinatos con premeditación o en banda organizada. En el caso de la revisión, la legislación francesa es más dura que la española; la primera vez que el preso puede solicitar la libertad es a los 30 años, pero lo cierto es que en otros supuestos (asesinatos con circunstancias agravantes, violaciones acompañadas de tortura) la revisión se puede solicitar a los 18 o a los 22 años.
REINO UNIDO
Cualquier asesinato realizado por mayores de 21 años lleva aparejada automáticamente la cadena perpetua, aunque normalmente el condenado sale de prisión en un tiempo máximo fijado por el juez. Pero para los casos especialmente graves, el magistrado puede decidir que el preso pase su vida entera entre rejas. Esta legislación le ha ocasionado a Reino Unido numerosos conflictos con la Unión Europea, ya que el Tribunal de Estrasburgo declaró en 2013 que era contraria a la Convención Europea de Derechos Humanos al no permitir a los encarcelados una revisión de su pena.
ITALIA
En el país transalpino existe la cadena perpetua desde 1944, momento en el que fue abolida la pena de muerte. A los 20 años de condena el preso ya puede disfrutar de ciertos beneficios penitenciarios y a partir de los 26 puede optar por la libertad condicional. Como muy tarde, a los 30 años los reos dejan de estar entre rejas. Además, la legislación italiana incorpora la figura del “arrepentido”, personas que deciden colaborar con la Justicia y que a cambio suelen conseguir que sus casos se suavicen.
HOLANDA
El país del norte de Europa suele ser bastante abierto en cuanto a los derechos de sus habitantes, pero en el caso de la prisión permanente revisable es de los más duros del continente. La revisión se produce por primera vez a los 27 años y ante las sospechas de que el tribunal haya cometido alguna equivocación.
BÉLGICA
Está vigente la cadena perpetua revisable para crímenes muy graves como asesinatos y violaciones, pero lo cierto es que a la hora de la revisión es mucho más tolerante que la mayoría de los países. Se obtiene la libertad condicional entre los 15 años (aquellos que no tenían antecedentes) y los 23 (los que sí los tenían)
EL CASO DE PORTUGAL
Finalmente existe el caso luso que es totalmente diferente al del resto de países europeos. Fue el primer país del mundo en el que se abolió la cadena perpetua, tras una reforma penal en 1884. La máxima pena que puede obtener un reo son 25 años de prisión.

NICARAGUA

En Nicaragua un país de América central en vías de desarrollo desde su propia existencia, la pena máxima son 30 años y si el reo se porta bien y es amigo del fsln, puede reducírsele la pena hasta 3  años y medio  como fue el caso de los asesinos de la masacre del Carrizo en Cusmapa Madriz en el 2011.

 Las cuatro personas condenadas a tres años y medio de prisión por la masacre de tres miembros de una familia campesina de la comunidad indígena El Carrizo, a diez kilómetros de San José de Cusmapa, en Madriz, salieron libres  el 16 de diciembre del 2014.

Estuvieron retenidos  en las celdas preventivas de la Policía, en Somoto, donde permanecieron cumpliendo la sentencia que les impuso el juez del Distrito Penal de Juicio, de Madriz el abogado   Erick Laguna Averruz. Nunca fueron pasados a las cárceles del sistema penitenciario. 

La masacre ocurrió el 8 de noviembre del 2011, dos días después de las elecciones presidenciales en Nicaragua resultando muertos Mercedes Torres Pérez y sus dos hijos Josué Sael y Elmer Torres Cruz,  en un ataque de histeria política perpetrada por los sandinistas Jesús (Jersan) Herrera Zepeda; secretario político del FSLN en Cusmapa, Eusebio Cruz Montenegro;  Delegado del Consejo Electoral Municipal, Subcomisionado Elvin de Jesús López  jefe de la delegación policial, y otro oficial de la Policía.   

En esa ocasión el juez Ejecutor de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria de Madriz, José Dolores Ubao argumento:  “Yo giré la orden judicial para que los condenados por este caso -la masacre de El Carrizo- recobren hoy mismo  - 16 de diciembre 2014- su libertad, en vista de que estas personas ya cumplieron la pena impuesta por el Juez Erick Laguna”. 3 años y medio.

Las declaraciones del judicial se dieron el 16 de diciembre del 2014, mientras informaba que  días antes recibió de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una resolución sobre el  recurso de Casación interpuesto  años atrás por el Ministerio Público,  luego del fallo del juez Laguna que condenó a tres años y medio de cárcel a los acusados.

El juez José Dolores Ubao, jiró orden de libertad  según dijo porque se aplicó la extinción de pena porque estos ya cumplieron la condena.

Los implicados en la masacre fueron condenados por los delitos de homicidio, lesiones graves y tenencia ilegal de armas.

En este pais se sigue asesinando personas, homicidios, parricidios, femicidios  y no se plantea una aparente propuesta de ley que castigue a los criminales con rigor. 

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