El asesinato del Niño Gabriel Cruz Ramirez reabre el debate sobre la prisión permanente revisable en España.
La Esteliana/lastenia.accioninformativa@yahoo.es
Marzo 13 2018.
La prisión permanente revisable es un castigo muy
extendido en Europa, una especie de cadena perpetua que deja una puerta abierta
al perdón, y una condena no tan dura como la pena de muerte. En este sentido,
la legislación española se sitúa en un punto intermedio respecto a la de sus
vecinos y aliados, ya que se estudia por primera vez la libertad condicional a
los 25 años de pena.
Marzo 13 2018.
El asesinato de Gabriel Cruz el niño desaparecido el 27 de febrero ha
reavivado el debate sobre la prisión permanente revisable en España. Tras
conocerse el hallazgo del cuerpo, hubo numerosas voces que clamaron por el
mantenimiento de una pena que solo existe en nuestro Código Penal desde el año
2015 y que puede tener los días contados si sale adelante la derogación que
propugnan PSOE, Unidos Podemos y PNV.

ALEMANIA
La ley alemana es bastante más laxa que la
española, ya que una sentencia judicial de 1977 marcó sus límites. Por eso, la
prisión permanente revisable se puede aplicar en dos supuestos: el primero de
ellos por asesinato, genocidio o por la unión de varios delitos contra la vida
a la vez. El segundo tiene que ver con aquellos casos que se consideren muy
graves. La revisión se produce a los 15 años y lo más normal es que antes de
los 20 los presos ya hayan sido liberados. En España, por ejemplo, aún serían
necesarios cinco años más para plantearse el tercer grado.
FRANCIA
Está vigente desde 1994 y con el paso de los
años se ha ido modificando. Cuando entró en vigor solo contemplaba los casos de
asesinatos de menores de 15 años con violación y tortura, pero desde el 2011
también incluye asesinatos con premeditación o en banda organizada. En el caso
de la revisión, la legislación francesa es más dura que la española; la primera
vez que el preso puede solicitar la libertad es a los 30 años, pero lo cierto
es que en otros supuestos (asesinatos con circunstancias agravantes, violaciones
acompañadas de tortura) la revisión se puede solicitar a los 18 o a los 22
años.
REINO UNIDO
Cualquier asesinato realizado por mayores de
21 años lleva aparejada automáticamente la cadena perpetua, aunque normalmente
el condenado sale de prisión en un tiempo máximo fijado por el juez. Pero para
los casos especialmente graves, el magistrado puede decidir que el preso pase
su vida entera entre rejas. Esta legislación le ha ocasionado a Reino Unido
numerosos conflictos con la Unión Europea, ya que el Tribunal de Estrasburgo
declaró en 2013 que era contraria a la Convención Europea de Derechos Humanos
al no permitir a los encarcelados una revisión de su pena.
ITALIA
En el país transalpino existe la cadena
perpetua desde 1944, momento en el que fue abolida la pena de muerte. A los 20
años de condena el preso ya puede disfrutar de ciertos beneficios
penitenciarios y a partir de los 26 puede optar por la libertad condicional.
Como muy tarde, a los 30 años los reos dejan de estar entre rejas. Además, la
legislación italiana incorpora la figura del “arrepentido”, personas que
deciden colaborar con la Justicia y que a cambio suelen conseguir que sus casos
se suavicen.
HOLANDA
El país del norte de Europa suele ser
bastante abierto en cuanto a los derechos de sus habitantes, pero en el caso de
la prisión permanente revisable es de los más duros del continente. La revisión
se produce por primera vez a los 27 años y ante las sospechas de que el
tribunal haya cometido alguna equivocación.
BÉLGICA
Está vigente la cadena perpetua revisable
para crímenes muy graves como asesinatos y violaciones, pero lo cierto es que a
la hora de la revisión es mucho más tolerante que la mayoría de los países. Se
obtiene la libertad condicional entre los 15 años (aquellos que no tenían antecedentes)
y los 23 (los que sí los tenían)
EL CASO DE PORTUGAL
Finalmente
existe el caso luso que es totalmente diferente al del resto de países
europeos. Fue el primer país del mundo en el que se abolió la cadena perpetua,
tras una reforma penal en 1884. La máxima pena que puede obtener un reo son 25
años de prisión.
NICARAGUA
En Nicaragua un país de América central en
vías de desarrollo desde su propia existencia, la pena máxima son 30 años y si
el reo se porta bien y es amigo del fsln, puede reducírsele la pena hasta
3 años y medio como fue el caso de los asesinos de la
masacre del Carrizo en Cusmapa Madriz en el 2011.
Las cuatro personas
condenadas a tres años y medio de prisión por la masacre de tres miembros de
una familia campesina de la comunidad indígena El Carrizo, a diez kilómetros de
San José de Cusmapa, en Madriz, salieron libres el 16 de diciembre del 2014.
Estuvieron retenidos en las
celdas preventivas de la Policía, en Somoto, donde permanecieron cumpliendo la
sentencia que les impuso el juez del Distrito Penal de Juicio, de Madriz el abogado Erick Laguna Averruz. Nunca fueron pasados a las cárceles del sistema penitenciario.
La masacre ocurrió el 8 de noviembre del 2011, dos
días después de las elecciones presidenciales en Nicaragua resultando muertos Mercedes Torres Pérez y sus dos hijos Josué Sael y Elmer Torres Cruz, en un ataque de histeria política perpetrada por los sandinistas Jesús (Jersan) Herrera Zepeda; secretario político del FSLN en Cusmapa, Eusebio Cruz Montenegro; Delegado del Consejo Electoral Municipal, Subcomisionado Elvin de Jesús López jefe de la delegación policial, y otro oficial de la Policía.
En esa ocasión el juez Ejecutor de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria de Madriz, José Dolores Ubao argumento: “Yo giré la orden
judicial para que los condenados por este caso -la masacre de El Carrizo- recobren hoy mismo - 16 de diciembre 2014- su libertad, en vista de que estas personas ya
cumplieron la pena impuesta por el Juez Erick Laguna”. 3 años y medio.
Las declaraciones del judicial se dieron el 16 de
diciembre del 2014, mientras informaba que días antes recibió de la Sala Penal de la
Corte Suprema de Justicia (CSJ) una resolución sobre el recurso de Casación interpuesto años atrás por el Ministerio Público, luego del fallo del juez Laguna que
condenó a tres años y medio de cárcel a los acusados.
El juez José Dolores Ubao, jiró orden de libertad según dijo porque se aplicó la extinción de pena porque estos
ya cumplieron la condena.
Los implicados en la masacre fueron condenados por
los delitos de homicidio, lesiones graves y tenencia ilegal de armas.
En este pais se sigue asesinando personas, homicidios, parricidios, femicidios y no se plantea una aparente propuesta de ley que castigue a los criminales con rigor.
Comentarios
Publicar un comentario
Tus comentarios me ayudan a crecer y ser mejor