Ley 779 contra la violencia hacia las mujeres excluye a Organismos especializados y juzgados no cuentan con infraestructura.
La Esteliana/lastenia.accioninformativa@yahoo.es
La Ley integral contra la violencia
hacia las mujeres , ley 779 es considerada como una reivindicación histórica del
movimiento de mujeres de Nicaragua, sin embargo su aplicación implica asignación
de recursos, la creación de infraestructuras y nombramiento de personal especializado para el abordaje de las diferentes
situaciones planteadas por las mujeres victimas de violencia.
Otra limitante observada es la
aparente discriminación hacia los organismos de mujeres que atienden el tema, que la ley las excluye de la integración de
las comisiones interinstitucionales.
María Elena Rivera coordinadora
general de Oyanca dio a conocer que en Jalapa este organización es pionera en
el abordaje del tema de mujeres con 19 años de existencia en ese municipio, y antes
de la puesta en vigencia de la ley su organización fue la coordinadora de la comisión
de lucha contra la violencia, luego con la aplicación del código de la niñez se
llamo comisión de seguimiento a la aplicación del código, sin
embargo ahora la ley manda crear una comisión interinstitucional donde se les excluye
en su participación.
A pesar de ser una organizacion
pionera en el municipio de Jalapa en defensa de los derechos de las
mujeres, Oyanka ha sido excluida en la integracion de la comision
interinstitucional y sustituida por otra, en este caso la comision de la
niñez, dirigida por una la representante de la red de jovenes.
Maria
Elena Rivera, coordinadora de Oyanka afirma que ademas de no contar con
la estructura necesaria para la aplicacion de la ley estan dejando a
personas inexpertas en el abordaje del tema de la violencia.
En tanto la doctora Maricela
Pichardo fiscal de genero del ministerio publico en Estelí da a conocer cuales
son los cambios en la estructura del estado para la aplicación de la ley
779, considerando que no todos los
departamentos del país tienen juzgados especializados como manda la mencionada
ley, entre ellos el departamento de Esteli, siendo asignada para esta función el
juzgado de audiencia en este caso la doctora Alma Pino, quien ademas de ver las audiencias de casos comunes le correspondera los casos ventilados mediantes la ley Integral contra la violencia hacia las mujeres, ley 779.-
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