Dos mujeres enfrentadas judicialmente por irresponsabilidad de un hombre
La Esteliana/lastenia.accioninformativa@yahoo.es Ciudad de Esteli, 22 de octubre 2014.
A pesar de
no tener nada que ver, ni ella ni sus hijos en la demanda por alimentos
radicado en los juzgados de Estelí, expediente No. 00312-DRS1-2013.FM. En
juicio interpuesto por Eneyda del Rosario Masías Zeledón contra Carlos
Francisco Ruiz Vílchez, le ha tocado recurrir ante autoridad competente para
que los mencionados le respondan por el embargo ejecutivo que por mandato de
la juez de Familia en esta ciudad le subastan su casa de habitación
ubicada en el Barrio Juana Elena Mendoza.
En calidad de afectada; Carmen Vindell en representación
de sus menores hijos propietarios del bien embargado, pasado a subasta. Interpuso en mayo del 2014, un Juicio Civil Ordinario con Acciones acumulas
de Tercería de domino excluyente; contra
la ejecutante Eneyda Masías Zeledón y el demandado Carlos Francisco
Ruiz Vílchez.
Este último
también está siendo demandado por Vindell para que le indemnice por evicción,
saneamiento y pago de carga fiscal, elaboración y aprobación de plano topográfico,
certificado catastral por la trasmisión del bien inmueble que al momento del traspaso
en el año 2010 se comprometió a pagarle y es la fecha y no lo hace.
El bien subastado fue comprado por la afectada al
señor Carlos Francisco Ruiz Vilchez mediante los servicios notariales del abogado Freddy Molina Mejia en febrero
del año 2010, registrada en su protocolo como escritura número veintitrés.
“Considere que trataba con una persona responsable,
y como hice la compra en efectivo y se hicieron los trámites; correspondientes al traspaso, en base a las normas jurídicas de este país,
pues no espere que con el tiempo me vería expuesta al desalojo” dice Carmen.
Comenta Vindell que se enteró de la subasta por medio de un periódico de circulación nacional
en el mes de abril del año en curso. La impresión
le causo un serio problema de salud que le toco ir de emergencia a un centro
asistencial para luego verse
involucrada en un procesos jurídico
que al parecer no vislumbra fin próximo.
El Juzgado de la familia se declara incompetente
para resolver la petición de Vindell y el 12 de mayo del año en curso, le notifican tramitar el proceso en la vía correspondiente,
no da lugar a la demanda y ordena archivar las diligencias.
Esta situación obliga a Carmen a apelar ante la
sala civil del tribunal de apelaciones circunscripción las Segovia en Estelí y
el 28 de mayo el tribunal admite la apelación.
El 19 de junio del año en curso la demandante
Eneyda del Rosario Masias Zeledon, mediante los oficios notariales de Ada
Francisca Ruiz Cruz defensora publica de la familia en Esteli, pide a la juez
de distrito de Familia Estelí ordene la segunda convocatoria a subasta de la propiedad
embargada. Bajo el argumento de falsedad
de documento por su
inscripción en forma apresurada, refiriéndose a la escritura pública mostrada por Carmen
Vindell misma que fue inscrita en el registro público de la propiedad el 28 de
abril 2014.
En su escrito, Eneyda argumenta haber solicitado a la secretaria de la Corte Suprema de Justicia,
una
constancia de existencia y autenticidad de la escritura pública número
23 que aparece registrada en el índice del abogado y notario Freddy Molina del
año 2010 afirmando que esta no corresponde con la compra venta de propiedad señalada
en la certificación del registro de la propiedad.
En certificación emitida por la registradora auxiliar de la propiedad inmueble
de Esteli se confirma, el registro de la
escritura numero 23 autorizada en la ciudad de Estelí a las tres de la tarde del día uno de febrero
del año 2010 del notario Freddy Molina Mejia,
El 25 de
julio del 2014, Rubén Montenegro Espinoza secretario de la Corte Suprema de Justicia. Luego
de recibir informe de la dirección General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos emite constancia donde se detalla
que El licenciado Freddy Molina Mejia con No. 1571 en el índice de protocolo
No. 28 que se llevó en el año 2011 reporto la escritura pública Número 23 en fecha 01 de febrero, objeto Compra y venta de inmueble; otorgantes: Carlos Ruiz Vilchez y Ramona Vindell;
Folios R-75 R-76.
Estando en apelación el proceso los magistrados
de la Sala Civil del Tribunal de apelaciones de Estelí hacen un resumen
de lo detallado en los escritos del
expediente y el 02 de octubre 2014, resuelven
que al no existir sentencia firme que corrobore que el bien no
pertenece al ejecutado se desestima el recurso de apelación, se revoca el auto dictado en el Juzgado de Distrito de Familia de Esteli del 12 de mayo del
2014 y regresan las diligencias a su
lugar de origen.
Palabras Claves; Demanda de Alimentos, Juzgado de Familia Esteli, Tribunal de Apelaciones.
Palabras Claves; Demanda de Alimentos, Juzgado de Familia Esteli, Tribunal de Apelaciones.
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