Dos mujeres enfrentadas judicialmente por irresponsabilidad de un hombre

La Esteliana/lastenia.accioninformativa@yahoo.es   Ciudad de Esteli, 22 de octubre 2014.


A  pesar de no tener nada que ver, ni ella ni sus hijos en la demanda  por alimentos radicado en los juzgados de Estelí, expediente No. 00312-DRS1-2013.FM. En juicio interpuesto por Eneyda del Rosario Masías Zeledón contra Carlos Francisco Ruiz Vílchez, le ha tocado recurrir ante autoridad competente para que los mencionados le respondan por el embargo ejecutivo que por mandato de la  juez de Familia en esta ciudad  le subastan su casa de habitación ubicada  en el Barrio Juana Elena Mendoza.

 En calidad de afectada; Carmen Vindell en representación de sus menores hijos propietarios del  bien embargado,  pasado a subasta.  Interpuso en mayo del 2014, un    Juicio Civil Ordinario con Acciones acumulas de Tercería de domino excluyente;  contra la ejecutante Eneyda Masías Zeledón y el demandado  Carlos Francisco  Ruiz  Vílchez.  

 Este último también está siendo demandado por Vindell para que le indemnice por evicción, saneamiento y pago de carga fiscal, elaboración y aprobación de plano topográfico, certificado catastral por la trasmisión del bien inmueble que al momento del traspaso en el año 2010 se comprometió a pagarle y es la fecha y no lo hace.

El bien subastado fue comprado por la afectada al señor Carlos Francisco Ruiz Vilchez mediante los servicios notariales  del abogado Freddy Molina Mejia en febrero del año 2010, registrada en su protocolo como escritura número veintitrés.

“Considere que trataba con una persona responsable, y como hice la compra en efectivo y se hicieron los trámites;  correspondientes al  traspaso,  en base a las normas jurídicas de este país, pues no espere que con el tiempo me vería expuesta al desalojo” dice Carmen.

Comenta Vindell que se enteró de la  subasta  por medio de un periódico de circulación nacional en el mes de abril  del año en curso.  La  impresión  le  causo un serio problema de salud  que le toco ir de emergencia a un centro asistencial  para luego  verse  involucrada en un  procesos jurídico que  al parecer no vislumbra fin  próximo.

El Juzgado de la familia se declara incompetente para resolver la  petición  de Vindell y el  12 de mayo del año en curso,  le notifican tramitar el proceso en la vía correspondiente, no da lugar a la  demanda y ordena  archivar las diligencias.  

Esta situación obliga a Carmen a apelar ante la sala civil del tribunal de apelaciones circunscripción las Segovia en Estelí y el 28 de mayo  el tribunal admite la apelación.

El 19 de junio del año en curso la demandante Eneyda del Rosario Masias Zeledon, mediante los oficios notariales de Ada Francisca Ruiz Cruz defensora publica de la familia en Esteli, pide a la juez de distrito de Familia Estelí ordene la segunda convocatoria a subasta de la propiedad embargada. Bajo el argumento de falsedad  de documento por su  inscripción  en forma apresurada,  refiriéndose  a la escritura pública mostrada por Carmen Vindell misma que fue inscrita en el registro público de la propiedad el 28 de abril 2014. 

En su escrito,  Eneyda argumenta haber solicitado  a la secretaria de la Corte Suprema de Justicia,  una  constancia de existencia y autenticidad de la escritura pública número 23 que aparece registrada en el índice del abogado y notario Freddy Molina del año 2010 afirmando que esta no corresponde con la compra venta de propiedad señalada en la certificación del registro de la propiedad.

En certificación emitida por la  registradora auxiliar de la propiedad inmueble de Esteli se confirma,  el registro de la escritura numero 23 autorizada en la ciudad de Estelí  a las tres de la tarde del día uno de febrero del año 2010 del notario Freddy Molina Mejia,

El  25 de julio del  2014,  Rubén Montenegro Espinoza  secretario de la Corte Suprema de Justicia. Luego de recibir informe de la dirección General de Registro  y Control de Abogados y Notarios  Públicos emite constancia donde se detalla que El licenciado Freddy Molina Mejia con No. 1571 en el índice de protocolo No. 28 que se llevó en el año 2011 reporto la escritura pública Número 23 en  fecha 01 de febrero, objeto Compra y  venta de inmueble; otorgantes:  Carlos Ruiz Vilchez y Ramona Vindell; Folios  R-75 R-76.

Estando en apelación el proceso los magistrados de la Sala  Civil del  Tribunal de apelaciones de Estelí hacen un resumen  de lo detallado en los escritos del expediente  y  el 02 de octubre  2014,  resuelven que al no  existir  sentencia firme que corrobore que el bien no pertenece al ejecutado se desestima el recurso de apelación,  se  revoca el auto dictado en  el Juzgado de Distrito de  Familia de Esteli del 12 de mayo del 2014  y regresan las diligencias a su lugar de origen.

Palabras Claves; Demanda de Alimentos, Juzgado de Familia Esteli, Tribunal de Apelaciones.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Cabecilla de Arcenal de Armas profugo de la justicia

FUNIDES analiza temas específicos para contribuir al crecimiento y desarrollo de Nicaragua

Doce mujeres asesinadas del departamento de Estelí, periodo 2009-2012