Comunidad afrodescendiente de Greytown, demandan respeto de su territorio en construccion de carretera

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El Gobierno Territorial Rama y Kriol (GTR-K) profundamente preocupados por  las iniciativas gubernamentales de crear infraestructura  sobre su territorio sin haber realizado las consultas de acuerdo a lo establecido por el Convenio 169 de la OIT, ratificado por el Estado en mayo de 2010,  y con los estándares internacionales establecidos por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, también suscrita por el Estado de Nicaragua en septiembre de 2007,  manifestamos lo siguiente:

La planificación, construcción y entrada en funcionamiento de la pista de aterrizaje de 2,000 metros construida en San Juan de Nicaragua en la Comunidad afrodescendiente de Greytown se ha realizado sin la participación de nuestra comunidad ni del El Gobierno Territorial Rama y Kriol, esto a pesar de las multiples cartas, visitas y reuniones que hemos enviado y realizado con  los funcionarios del INTUR, la SDCC (Secretaria para el Desarrollo de la Costa Caribe) y de la Ruta del Agua, exponiéndoles nuestro derechos territoriales en el área. 

 De la misma manera leemos en los periódicos como avanza la carretera Nueva Guinea –Bluefields abarcando gran parte de nuestro territorio, y la que sin duda facilitara la invasión a nuestras tierras, especialmente porque el estado no ha iniciado la Etapa de Saneamiento de nuestro territorio como lo manda el Arto 59 de  la Ley 445. Y a todo esto se le viene a unir la recién aprobada  Ley del Régimen Jurídico del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y de creación de la Autoridad del Gran Canal; proyecto que considera varias rutas del Gran Canal sobre nuestras tierras ancestrales y tradicionales, sin que se nos haya tomado en cuenta por parte del Estado.

Todo esto ocurre a pesar que nuestro territorio fue titulado en diciembre del año 2009 por la CONADETI, y bajo el lema: “Pueblos y Naciones Originarias Dueñas de sus Tierras” nos fue entregado el titulo de propiedad en una solemne ceremonia, en junio de 2010 en la Casa de los Pueblos, por el propio Presidente de la República Comandante Daniel Ortega Saavedra.

El Gobierno Territorial Rama y Kriol (GTR-K) respetuosamente solicita el Estado de Nicaragua respetar nuestro derechos territoriales establecidos en la Constitución Política de Nicaragua en los articulo 5, 89 y 180; respetar el título de propiedad que nos fue entregado por el Estado; e iniciar un proceso de consulta según los estándares internacionales establecidos por la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en sus artículos 19 y 32, el que debe ser de buena fe y debe tener mecanismos y procedimientos adecuados. 

Es esencial que la información esté disponible de manera transparente, amplia y de la manera más clara posible. Y sobre todo, la Consulta debe hacerse antes de que las decisiones estatales hayan sido tomadas

La información de la Consulta debe ser proveída de manera que los recipientes puedan inferir de ella  hechos fidedignos y que de su lectura se desprendan las posibles consecuencias de su aceptación o rechazo

Especialmente en el caso de medidas legislativas o administrativas, que afectan nuestra vida,  tierras y recursos naturales.

Bluefields, RAAS, a los veinticinco días del mes de agosto de dos mil doce.


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Gobierno Territorial Rama y Kriol
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http://www.rama-territory.com/



temas: Pueblos y naciones originarias dueñas de la tierra, Caribe de Nicaragua, INTUR.

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