EE.UU. y Nicaragua prolongan acuerdo para proteger el patrimonio arqueológico de Nicaragua

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El Departamento de Estado se complace en anunciar la extensión del "Acuerdo entre el Gobierno de Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de Nicaragua relativo a la imposición de restricciones a la importación de material arqueológico de las culturas prehispánicas de la República de Nicaragua". La Embajada de Estados Unidos en Managua y el Ministerio de Asuntos Exteriores de Nicaragua intercambiaron notas diplomáticas que prolongan el acuerdo. El Departamento de Seguridad Nacional publicó en el Registro Federal la notificación que informa que las restricciones se mantienen en vigor.

A partir del 20 de octubre de 2010, esta extensión representa la continuación de la cooperación iniciada en el año 2000, tras la solicitud de Nicaragua de la ayuda de Estados Unidos de conformidad con el artículo 9 de la Convención de la UNESCO de 1970 sobre las Medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales. Estados Unidos demuestra su respeto permanente al patrimonio cultural de Nicaragua y su preocupación por la pérdida irrecuperable de información sobre la historia humana. En reconocimiento de que este patrimonio se ve amenazado por el saqueo, el acuerdo permite imponer restricciones a la importación de determinadas categorías de material arqueológico cuyas fechas datan desde aproximadamente 8000 a.C. hasta aproximadamente 1500 d.C. y que incluye objetos de cerámica, piedra, oro y concha. El acuerdo también hace un llamamiento a ambos gobiernos para animar a las instituciones académicas, las organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones a colaborar en el intercambio de conocimientos e información acerca del patrimonio cultural de Nicaragua, y a colaborar también en su conservación y protección.

En octubre de 2000 el Departamento de Seguridad Nacional publicó por primera vez en el Registro Federal la Lista Designada de categorías restringidas de objetos. Los objetos restringidos pueden ingresar a Estados Unidos si tienen un permiso de exportación expedido por el gobierno de Nicaragua o documentación que verifique su procedencia antes del año 2000 siempre que no contravenga las demás leyes aplicables de Estados Unidos. Para más información sobre la Lista Designada y sobre el acuerdo, se puede consultar la página web del Centro de Patrimonio Cultural del Departamento de Estado de Estados Unidos.

La extensión es compatible con una recomendación formulada por el Comité Asesor de Bienes Culturales del Departamento de Estado. El Comité es un órgano cuyos miembros son nombrados por el Presidente que fue establecido con el propósito de formular conclusiones y recomendaciones para el Departamento en esta materia.

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